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LA ESTRATEGIA DE CNT CONTINUA DANDO VICTORIAS A LAS PERSONAS TRABAJADORAS.

Durante el último año, la CNT se visto implicada a través de las personas que se han acercado al sindicato para buscar asesoramiento y colaboración en sus luchas sindicales. CNT es solo una herramienta más que disponemos las personas trabajadoras para poder enfrentarse a las estrategias de explotación de la clase empresarial como las continuas trabas, despidos y condiciones laborales.

Vamos a señalar unas cuantas batallas que han tenido un final satisfactorio para las personas que han estado implicado.

Caso nº1:

Enrique acude al sindicato a reclamar porque le han despedido estando de baja. Alega que es un accidente laboral puesto que lo sufrió en horario laboral.

Su contrato es un contrato de obra y servicio, pero observamos en el convenio que equivaldría al «contrato fijo de obra» (artículo 15 del Estatuto de los Trabajadores).

Es en este momento en el que la empresa lo despide. La carta de despido tiene fecha del día 21/10 haciéndose efectivo el día 4/11. Se amparan en el artículo 15 del convenio (fin del servicio, terminación de los trabajos).

Una vez asesorado por las personas que estamos en el grupo de Acción Sindical de la inexactitud de su finiquito, de su equivalencia como contrato fijo, se dirige a la empresa con nuestras indicaciones y no tiene que recurrir a ningún otro tipo de acción. La empresa acepta cada una de sus peticiones sabiéndolas justas y exactas.

 

Caso nº2

Se presenta en el sindicato Carmen, una profesional de la hostelería que ha sido despedida de forma sibilina, diciéndole que no la necesitaban más pues ya no había trabajo y que le iban a dar el finiquito correspondiente.

Sorprendentemente cuando va a recoger el finiquito le entregan una carta despido con el siguiente texto:

 

“Por medio de la presente la dirección de esta empresa le comunica

que ha decidido imponerle la sanción de despido disciplinario con efectos

del día 12 de Octubre de 2020.

La causa en la que se basa esta decisión es fundamentalmente la

falta de asistencia al trabajo de forma continuada durante el fin de semana

del 10 al 12 de octubre de 2.020. Esta causa está recogida en el artículo

39.2 del V Acuerdo Laboral de Hostelería, que considera como falta grave

“Faltar uno o dos días al trabajo durante el periodo de treinta días sin

autorización o causa justificada.

A este hecho se suma, la falta de acuerdo con sus superiores en las

tareas a realizar en los últimos días.

Asimismo, se le informa que dispone de la liquidación que le

corresponde por los servicios prestados”.

Ninguna de las anteriores justificaciones de la empresa es cierta. Deprisa y corriendo pues apenas quedaban unos días para la presentación de demanda en el ORECLA (Organismo de Mediación Laboral en Cantabria) y posteriormente en el juzgado de lo social, se traslada dicha información y se lleva adelante la mediación.

De igual forma nos enteramos que la empresa la tenía asegurada trabajando 40 horas a la semana, cosa que nos damos cuenta que no es cierto tampoco pues solo habían cotizado por ella a media jornada.

La empresa demandada no se presenta al ORECLA, por lo que continuamos con la demanda en los juzgados.

Recientemente ha salido sentencia y la trabajadora ha conseguido su finiquito más los salarios de tramitación hasta la sentencia judicial , lo que supone más de 10,000€ que en su justo derecho le correspondían.

 

Caso n.º 3

Tres trabajadoras, Cristina, Soraya y Diana se nos presentan ante despidos de una empresa de prestación de servicios de outsourcing comercial con el mismo procedimiento. Hablando con las compañeras nos enteramos de las innumerables irregularidades: días que faltan de cobrar, finiquitos inferiores a lo que les corresponde, despidos injustificados y no acordes ni con el convenio colectivo ni con las labores desarrolladas por las trabajadoras, etc.

A todo esto hay que añadir las amenazas y las malas maneras en cuanto a trato se refiere de las personas que están trabajando.

Las propias trabajadoras disponen de medios de prueba que han ido recabando poco a poco gracias a nuestras indicaciones.

Hablando con la empresa directamente desde el sindicato se consigue solucionar el finiquito de Soraya y Diana. Queda por resolver el despido de Cristina que actualmente se halla en los juzgados ya que la empresa no quiere pactar un acuerdo con el Sindicato y la trabajadora.